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Programa de sistematización vial para circulación
de ciclistas: se solicita urgente el cumplimiento de lo dispuesto en la
Ordenanza 10789.
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN Art. 1º) Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de las Secretarias de Planeamiento Urbano y Obras Públicas remita dentro del término de treinta (30) días al Honorable Concejo Municipal, un programa de sistematización vial para circulación de ciclistas, según lo previsto en la Ordenanza Nº 10789. Art. 2º) El programa dispuesto debe incluir un plan a corto y mediano
plazo para la demarcación de circuitos de circulación para
ciclistas, construcción de ciclovías y/o carriles selectivos
para uso exclusivo de este medio y la incorporación de la señalización
horizontal y vertical necesaria que determine la veda para el desplazamiento
de estos vehículos por aquellas arterias que por sus características
de circulación o por contar con vías alternativas no sea
conveniente el uso de bicicletas. Art. 4º) La erogación emergente de la ejecución de la presente deberá resultar imputada a la partida anual presupuestaria correspondiente. Art. 5º) De forma. Santa Fe de la Vera Cruz, Septiembre de 2005. Fundamentos Concejales y Concejalas:
En una ciudad donde la complejidad del transito urbano es creciente, y en determinadas zonas y horarios lisa y llanamente se torna caótico, el riesgo de accidentes se multiplica, llegando según las estadísticas del Hospital de Niños, a 207 casos en el año 2004 y a 90 casos hasta el mes de agosto del 2005, nada más que en menores. Las causales de esta situación no obedecen seguramente a un solo motivo, sino a un conjunto de situaciones, algunas de responsabilidad directa de la Municipalidad en su rol de planificador urbano y de responsable de hacer cumplir las normas de tránsito; y otras causas vinculadas a la situación socio-económica de amplios sectores de la población donde el transporte por medio de la bicicleta es la única alternativa posible para trasladarse. Teniendo en cuenta esta última cuestión y que el mayor número de accidentes se presenta en el caso de niños transportados en bicicletas, es que consideramos imprescindible y urgente el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza 10789 que refiere claramente a la atención de esta nueva realidad, cual es la del creciente uso de las bicicletas como medio de trasporte agregando a aquélla, carriles y circuitos de uso exclusivo de bicicletas. Se torna urgente la toma de medidas de planificación, dotación de infraestructura, y señalización de circuitos para ciclistas, para garantizar un transito ordenado y seguro. Al mismo tiempo, una vez más se pone de manifiesto el tremendo déficit del Estado Municipal para garantizar el cumplimiento de las normas de tránsito prescriptas en la Ordenanza Nº 10017. No escapa a estas consideraciones el alto valor económico que representa para el Estado, la atención de estos accidentes pero mucho más aún resulta el valor humano de las personas y fundamentalmente cuando en esta situación se involucra a menores de edad. Como referencia, adjuntamos un informe elaborado por el Área de Control Interno del Hospital de Niños que evalúa los costos de un accidente de que fue víctima un menor que conducía una motocicleta, donde el valor de atención ascendió a la suma de 12.462 pesos. Entendemos que no puede dilatarse por más tiempo el poner orden a la situación creando la infraestructura necesaria, tan postergada durante mucho tiempo sin poner en valor ni tan siquiera este factor determinante. En este contexto es que requerimos de nuestros pares la aprobación del presente que nos permitimos avalar con la información suministrada desde el Hospital del Niños que en definitiva, son quienes observan la realidad en forma más directa.
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