![]() |
|||||||||||||||||
| Sistema Monitoreo para el Transporte Urbano |
|
El Sistema permanente de monitoreo y seguimiento satelital
de las unidades del Servicio Público del Transporte Urbano por
autobús prevé mejoras para el usuario, para los choferes
y para el Municipio. Vea de que se trata
|
|
Hace mas de dos años y medio el Concejo sancionó la resolución 10.305 intentando la instalación de un sistema de seguimiento que permita objetivos absolutamente necesarios en un sistema que debe aprovechar los adelantos tecnológicos existentes. Por ello que hoy exigimos que se lleve adelante dicha disposición y en el caso se utilicen los estudios que a más de dos años seguramente ya se han realizado. Entendemos que es imprescindible, antes de hablar de aumentos, en donde no se conocen certeramente los costos e ingresos, se ponga en marcha un sistema que determine la veracidad absoluta de dichos elementos económicos. Entre otras cosas, el sistema tiene por finalidad:
|
|
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
|
|
Artículo Primero: El Departamento Ejecutivo Municipal implementará, en un plazo no mayor de 60 (sesenta) días corridos a partir de la sanción de la presente el Sistema permanente de monitoreo y seguimiento satelital de las unidades afectadas al Servicio Público del Transporte Urbano por autobús previsto en la resolución 10305, sancionada el 26 de agosto de 2004, con el objeto de determinar exactamente las distintas variables que determinan la actual prestación del servicio. Artículo Segundo: El sistema a implementar, en un todo de acuerdo con la resolución mencionada ut supra, preverá su compatibilización con el actual sistema de cobro del servicio en el Transporte Urbano por "monedero" con el fin de establecer un efectivo mecanismo de cuantificación y cualificación de boletos emitidos por cada una de las unidades y las diferentes líneas y garantizará:
Artículo Cuarto: Para la implementación de la presente, en caso de ser necesario, se afectarán los recursos y se imputarán los mismos a la partida presupuestaria vigente. Articulo Quinto: De Forma. Santa Fe de la Vera Cruz, Febrero de 2007 FUNDAMENTOS
Una de las características mas salientes de la actual prestación en el servicio del transporte urbano es la escasa o nula posibilidad de control fehaciente por parte del poder concedente de algunos aspecto que hacen a la prestación del servicio y la fijación de los costos del mismo. Es por ello que el Concejo sancionó una resolución hace mas de dos años y medio intentando la instalación de un sistema de seguimiento que permita objetivos absolutamente necesarios en un sistema que debe aprovechar los adelantos tecnológicos existentes. Hoy, nuevamente estamos en el medio de una discusiónacerca de la fijación de la tarifa, sin poder acceder a costos certeros por parte del sistema ya que los mismos provienen en su mayoría de la propia voluntad de los empresarios, sin que le municipio tenga la mas mínima posibilidad de cuestionamiento o validación a partir de un verdadero control. Es por ello que hoy exigimos que se lleve adelante dicha disposición y en el caso se utilicen los estudios que a mas de dos años seguramente ya se han realizado. A partir de entender que NO es posible un manejo discrecional en la fijación de las tarifas, es que entendemos imprescindible que antes de hablar de aumentos, en donde no se conocen certeramente los costos e ingresos, se ponga en marcvha un sistema que determine la veracidad absoluta de dichos elementos económicos. Asimismo el sistema prevé mejoras tanto para el usuario, como para los choferes y el Municipio que podrán impactar en un mejor servicio. Por lo manifestado, solicitamos a nuestros pares la aprobación de la presente.
|
|
NOTA REMITIDA AL INTENDENTE MUNICIPAL
|
|
Santa Fe de la Vera Cruz, Febrero de 2007
Sr Intendente Municipal De mi consideracion: Por medio de la presente informo a Ud. del Proyecto de Resolución ingresado ante el Concejo municipal, el cual adjunto. Asimismo solicito se remitan los estudios que ese Departamento Ejecutivo debió realizar en función de las disposiciones de la Resolución Nº 10.305 del 26 de agosto de 2004. La solicitud se funda en la necesidad de transparencia en los datos que determinan la tarifa del transporte urbano y que, como es de su conocimiento, son suministrados por los propios empresarios sin un debido y/o posible control municipal a la fecha. Por la urgencia del tema en cuestión solcito diligencia la respuesta la presente en el menos tiempo posible. Sin otro particular, lo saludo atentamente.
|
|
RESOLUCION Nº 10.305
|
|
VISTO: CONSIDERANDO: Por ello; Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal,
a través de la Secretaría de Servicios Públicos,
proceda a estudiar en un plazo de noventa (90) días, la incorporación
y posterior implementación de un sistema permanente de monitoreo
y seguimiento satelital de las unidades afectadas al Servicio Público
del Transporte Urbano por autobús. Art. 2º: Una vez analizado el estudio mencionado, se remitirán
las conclusiones al Concejo Municipal pudiendo el Departamento Ejecutivo
Municipal incorporar dicho sistema dentro de la propuesta a remitir al
Concejo Municipal con el objeto de la sanción de los Pliegos de
Bases y Condiciones para la próxima concesión del Transporte
Urbano de Pasajeros por autobús. En este caso el costo de su incorporación
deberá ser a cargo de los futuros concesionarios del servicio. Art. 3º: El "Sistema de Monitoreo y Seguimiento Satelital del
Transporte Público de Pasajero por Autobús" tendrá,
entre otras, las siguientes finalidades:
Art. 4º: Los estudios solicitados deberán contemplar la posibilidad
de instrumentar una terminal, similar a la que se instale en sede municipal,
a fin que las distintas empresas concesionarias del servicio de transporte
por autobús puedan aprovechar los datos que arroje el sistema. Art. 5º: El Sistema estará bajo la supervisión y control
de la secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad,
a través del área que se determine y deberá prever,
entre otras situaciones, las siguientes:
Art. 6º: El estudio y análisis para la implementación
del Sistema de Monitoreo y Seguimiento contemplará además
la posibilidad de su compatibilización con el actual sistema de
cobro del servicio en el Transporte Urbano por "monedero" con
el fin de establecer un efectivo mecanismo de cuantificación y
cualificación de boletos emitidos por cada una de las unidades
y las diferentes líneas. Art. 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. |