![]() |
|||||||||||||||||
|
Exceptúase
del uso de los cinturones de seguridad a los conductores de las unidades
del transporte público de pasajeros -taxis y remises- en el horario de
20.00 a 7.00 horas
|
|
PROYECTO DE ORDENANZA ART.1º.- Exceptúase del uso de los cinturones de seguridad a los conductores de las unidades del transporte público de pasajeros -taxis y remises- en el horario de 20.00 a 7.00 horas. ART.2º.- Autorízase a los vehículos detallados en el artículo 1º al uso de la luz interior del coche en horario nocturno en forma permanente, modificándose las Ordenanzas de Taxis y Remises en su parte pertinente. ART.3º.- Establécese en el carácter obligatorio, el uso de luces de emergencia, y los medios necesarios a fin de garantizar permanente contacto de las mencionadas unidades con la frecuencia policial a través de las bases de las centrales de cada empresa. El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reglamentar las modificaciones que considere conveniente derivadas de las excepciones dispuestas por la presente. ART.4º.- De forma. FUNDAMENTOS Señor Presidente:
|