Exención del pago del Derecho de Registro e
Inspección los Transportes Escolares.
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PROYECTO DE ORDENANZA
Art.1º.- Exímese, a partir del 1º de mayo de 2003, del pago del Derecho de Registro e Inspección a quienes desarrollen la actividad "Transporte Escolar". Art.2º.- La exención dispuesta en el artículo anterior cesará de manera automática en el momento mismo en que se reanude la actividad escolar. Art.3º.- De forma. Santa fe, 9 de mayo de 2003. FUNDAMENTOS Sres. Concejales, Sras. Concejales: Por lo brevemente expuesto y en el convencimiento de que en estas circunstancias
sobran los fundamentos, es que solicitamos el apoyo de nuestros pares.
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