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Mediante la Ordenanza Nº 11270, se dispuso que la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, suscribiera 100.000 acciones clase "B" y formara parte de esta nueva Sociedad en el afán de poder lograr que nuestra Ciudad obtuviera mejoras de infraestructura en materia sanitaria. De tal manera en su Artículo 4º, condiciona aquella suscripción, al compromiso de la Empresa Aguas Santafesinas S.A. de elaborar un Plan de Obras para la extensión de redes domiciliarias de agua y cloacas hacia Barrios que no cuentan con dichos servicios incluyendo plazos concretos de ejecución así como también la elaboración de un Plan de descentralización de atención al usuario. Por otra parte, en el Artículo 5º de la misma norma, se facultaba
al DEM a celebrar convenios a fin de lograr la optimización de
acciones y cooperación para mejorar el desarrollo de aspectos,
técnicos, legales, operativos, tarifarios y económico-financieros
desde el punto de vista de la prestación de los servicios de agua
y cloacas. |
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Proyecto de Resolución |
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Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de sus áreas respectivas y dentro de un plazo de diez (10) días, remita a este Honorable Concejo Municipal sobre lo actuado en referencia a los términos de la Ordenanza Nº 11270 sancionada el 6 de Abril de 2006, como sigue: 1. Número de Decreto por el cuál se dispuso la suscripción
de acciones de la empresa Aguas Santafesinas S.A.; Art. 2º: En el caso de no haberse verificado el cumplimiento de los términos de la Ordenanza referida, se especificarán las causas por las cuales ello no ha ocurrido. Art. 3º: De forma. |
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Fundamentos
Concejalas y Concejales: Cuando en el año 1995 se dispuso el concesionamiento de los servicios sanitarios en el ámbito de los quince principales distritos de la Provincia, comenzó una historia de frustraciones que terminaron con la caducidad de ese Contrato y asumiendo la misma Provincia dicha obligación mediante la figura jurídica de una Sociedad Anónima en la cual, entre otros actores, podían participar aquellos Municipios que originalmente se hallaban involucrados en la concesión. Así fue que, mediante la Ordenanza Nº 11270, se dispuso que la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, suscribiera 100.000 acciones clase "B" y formara parte de esta nueva Sociedad en el afán de poder lograr que nuestra Ciudad obtuviera mejoras de infraestructura en materia sanitaria. De tal manera en su Artículo 4º, condiciona aquella suscripción, al compromiso de la Empresa Aguas Santafesinas S.A. de elaborar un Plan de Obras para la extensión de redes domiciliarias de agua y cloacas hacia Barrios que no cuentan con dichos servicios incluyendo plazos concretos de ejecución así como también la elaboración de un Plan de descentralización de atención al usuario. Por otra parte, en el Artículo 5º de la misma norma, se
facultaba al DEM a celebrar convenios a fin de lograr la optimización
de acciones y cooperación para mejorar el desarrollo de aspectos,
técnicos, legales, operativos, tarifarios y económico-financieros
desde el punto de vista de la prestación de los servicios de agua
y cloacas. Por lo expuesto, es que solicitamos el cumplimiento de la presente Resolución que, seguramente contará con el acompañamiento de nuestros pares en su más pronta aprobación. |