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| SE PROPUSO LA CREACION DE LA UNIDAD COORDINADORA
DE OBRAS PÚBLICAS
EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD DE SANTA FE |
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PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1º: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Santa Fe la Unidad Coordinadora de Obras Públicas, la que tendrá por objeto tomar conocimiento, participar, supervisar, coordinar, y realizar el seguimiento de la marcha de las obras públicas, realizadas en el ejido municipal por organismos Nacionales y/o Provinciales, además de todas aquellas obras que sin realizarse en su jurisdicción pudieran afectar urbanística o ambientalmente a la ciudad. Art. 2º: La Unidad dispuesta en el Art. 1º estará integrada por el Intendente Municipal, el Secretario de Planeamiento, el Secretario de Obras Públicas, dos representantes del Honorable Concejo Municipal y los funcionarios que a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal, sean necesarios para caso en particular. Asimismo, podrán resultar convocadas todas aquellas instituciones que pudieran tener injerencia en la materia. Art. 3º: La Unidad Coordinadora informará de su constitución a los organismos que correspondieran del ámbito nacional o provincial a los fines de cumplimentar lo dispuesto en el Art. 1º. Las actuaciones de la Unidad Coordinadora deberán resultar previas a la elaboración de los anteproyectos de las obras referidas. Art. 4º: La Unidad Coordinadora informará al Honorable Concejo Municipal de las gestiones realizadas, y cuando corresponda enviará mediante los Mensajes respectivos los proyectos de ordenanza para su consideración. Art 5º: De forma. |