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SANCIONADO - 28/09/06
Sumidero Canal 13:

Hace dos años se sancionó una norma que implicaba dar solución a una obstrucción de los desagües existentes en el lugar referido. Esto constituye un inconveniente para la circulación vehicular al acumularse agua. Pedido de Informe ante la falta de respuesta.


En noviembre de 2004 se sancionó la Ordenanza 10.584. La misma tenía como fin solucionar un problema de obstrucción en los desagües de Canal 13. Si bien nuestra zona atraviesa una época de escasas precipitaciones, es necesario que el inconveniente sea solucionado para evitar futuros trastornos en el transito vehicular.

Como han pasado casi dos años y la respuesta de no llega, presentamos al Departamento Ejecutivo Municipal un pedido de informe referido al tema.


Proyecto de Comunicación
PEDIDO DE INFORMES

El Honorable Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de las áreas que pudieran corresponder informe con respecto a la Resolución Nº 10584, lo siguiente:

1) Si se han realizado estudios tendientes a analizar la situación reclamada en su Artículo 1º;
2) Si emergentes de dicho estudio se ha concluido en las causas del mal funcionamiento del sumidero en cuestión;
3) Si se han ejecutado tareas para solucionar los inconvenientes de anegamiento.

Santa Fe de la Vera Cruz, Septiembre de 2006.

Fundamentos

Concejalas y Concejales:

Si bien nuestra zona está soportando una época de profunda escasez de precipitaciones pluviales, no podemos dejar de tener en consideración que el reclamo oportunamente formulado mediante la Resolución Nº 10584, implicaba dar solución a una potencial obstrucción de los conductos de desagües existentes en el lugar referido en su articulado y que constituía un inconveniente para la circulación vehicular ante la acumulación de agua que solo escurría - aparentemente - mediante filtraciones por las uniones del pavimento o por evaporación.

Teniendo en cuenta el declive existente no debería quedar retenida el agua como ocurre y en este sentido es que nos preocupó conocer la situación, más aún cuando durante la construcción de los conductos cloacales, años atrás, se afectaron los desagües y merecieron una posterior reconstrucción conjuntamente con el pavimento de hormigón.

Por lo expuesto y a modo de formal cumplimiento de la norma sancionada en Noviembre de 2004 y ante la falta de respuesta a aquélla, es que formulamos el presente y que seguramente contará con anuencia del Cuerpo en su aprobación.