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Proyecto de Comunicación
PEDIDO DE INFORMES
El Honorable Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal
que a través de las áreas correspondientes, informe lo siguiente:
1. Cuantas academias de enseñanza para conducción de
vehículos han solicitado habilitación y se les ha otorgado
autorización para operar en el ámbito de la Ciudad;
2. Si las hubiera, enunciar cuales son, quienes resultan responsables
de las mismas, domicilio y teléfono de su local con la pertinente
habilitación;
3. Cuáles de ellas son las que se encuentran ajustadas y reúnen
la totalidad de los requisitos establecidos en la Ordenanza 10017 en
su Artículo 12º y siguientes;
4. Si las academias que publicitan mediante anuncios en los diarios
locales, se encuentran registradas en la Dirección de Tránsito;
5. Que inspecciones se han realizado a las mismas para constatar el
cumplimiento de los términos de la normativa vigente;
6. Si la Dirección de Tránsito gestiona el otorgamiento
de licencias de conducir a presuntos alumnos de esas academias;
7. Si se ha realizado por parte de los responsables de esas academias
gestiones para otorgar la licencias de conducir a personas interesadas
en obtenerla;
8. Si han ocurrido clausuras por parte de la Municipalidad de alguna
de estas academias por no ajustarse a los términos de la Ordenanza
Nº 10017.
Santa Fe de la Vera Cruz, Agosto de 2006.
Fundamentos
Concejalas y Concejales:
Reiteradamente ha sido objeto de profunda preocupación el tema
referido a la seguridad vial y tanto es así que interpretamos que
el tema referido a quienes imparten instrucciones de enseñanzas
acerca de las formas de conducir vehículos y a difundir teorías
en cuanto a las normas vigentes, tienen la obligación legal de
estar inscriptos y habilitados por la Dirección de Tránsito
de la Municipalidad.
A estos efectos y teniendo en cuenta la publicidad que habitualmente aparece
en los diarios locales con respecto a esta actividad, llama la atención
sobre el número de estas academias y es allí donde centramos
la inquietud por conocer si las mismas se hallan habilitadas y reuniendo
las condiciones que se estipulan en la Ordenanza Nº 10017 la que,
mediante un rico articulado, establece las pautas bajo las cuales pueden
funcionar.
Como el derivado de esta actividad redunda en la obtención de la
licencia para conducir un vehículo, estimamos consecuente conocer
sobre la calidad de cada una de estas academias, quienes son sus responsables
y cuales son las condiciones bajo las cuales producen la actividad. De
igual modo y en supuesto de contar con su habilitación es necesario
conocer cuales son las que operan en un marco legal y cuales no para obrar
en consecuencia.
Por último debemos expresar la necesidad de esta información
por la relevancia que el asunto requiere a la vista de lo que ocurre en
materia de seguridad vial en nuestra Ciudad y que por diferentes canales
resulta tema de frecuente tratamiento por parte de este Cuerpo.
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