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Aplíquense
las sanciones previstas a la empresa NETOC S.A concesionaria de la Estación
Terminal de Ómnibus Gral. Belgrano, por incumplimiento de obligaciones
contractuales
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 2º.- Intímese a la empresa NETOC S.A., a cumplimentar en un plazo de 60 días de promulgada la presente, las obligaciones detalladas en el artículo 1º . Artículo 3º .- De forma.
Concejales y Concejalas: Luego de cinco años de concesión de la Estación Terminal de Ómnibus Gral. Belgrano, y a más de un año de la renegociación del contrato - implicó un importante incremento de tarifas a favor de la concesionaria - , NETOC S.A sigue sin cumplir con obligaciones contractuales que hacen a la calidad del servicio que deben brindar al usuario. La estación de ómnibus es la primera impresión de la ciudad que tiene un visitante o turista, y en tal sentido debemos decir con preocupación que la nuestra, a pesar de expresarse correctamente desde lo arquitectónico, dista de brindar servicios acordes a los tiempos actuales. Entre las falencias o mejor dicho "incumplimientos contractuales
del concesionario" resaltamos los siguientes; Es importante destacar que lo descripto, es información oficial de distintas áreas de la municipalidad - de fecha 15 de septiembre - en respuesta a la Comunicación Nº 4373. Entonces se admite la existencia de incumplimientos contractuales por parte de NETOC , pero no se inicia ninguna acción al respecto, a pesar de las sanciones establecidas por incumplimiento contractuales en la Ordenanza 10552, y este es el dato preocupante, la ausencia de controles municipales en los servicios concesionados. En función de lo expuesto, es imprescindible que el DEM controle "debidamente las concesiones municipales" y actúe con firmeza ante incumplimientos, aplicando las sanciones que correspondan y exigiendo en un plazo perentorio el cumplimiento de las obligaciones inobservadas.
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