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Concesión
del Sector denominado Espigón II
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Proyecto de Comunicación El Honorable Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que dentro de los diez (10) días de la aprobación del presente y a través de las áreas respectivas y con respecto a la concesión del Sector denominado Espigón II según Ordenanza Nº 10.098, se informe lo siguiente:
Santa Fe de la Vera Cruz, Mayo de 2005. Fundamentos Concejales y Concejalas: El tema de la concesión del Espigón II no es nuevo para este Cuerpo y así lo determina la importante cantidad de normas que al respecto y en la pretensión de conocer, clarificar y dilucidar la concesión, se han presentado y sancionado. En este sentido, esta nueva presentación del presente proyecto de Comunicación intenta conocer la situación actual de la misma y más aún a partir de las declaraciones periodísticas por las cuales el propio Espigón II será incorporado a la obra anunciada por el Gobierno de la Provincia bajo el título de "Playa Grande". A partir de este conocimiento es posible considerar que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ordenanza Nº 10.098 no han sido acatadas por la concesionaria así como tampoco otra importante serie de compromisos que fueran ejecutadas por el ente provincial a un costo que fue asumido por la comunidad santafesina en detrimento de sus intereses. Y lo más grave aún de estos incumplimientos refiere a que se desconoce si el Municipio, a la vista de estas falencias contractuales, ha intervenido como debería ser para salvaguardar no solo aquellos intereses sino el incumplimiento de un Contrato que desde su mismo inicio de la vigencia no fue respetado en lo más mínimo. Lo expuesto no implica otorgar letra a un discurso vacío de respaldo, lo estamos avalando como lo expresamos anteriormente con las normas sancionadas en este mismo Cuerpo por diferentes Concejales, tales como la Comunicación 3236 (10.08.00 / Perticará-Simoniello), la Comunicación 3294 (28.09.00 / Simoniello-Perticará), el Expediente 20686-R-00 (sin sanción / Simoniello), su similar 20787-C-00 (sin sanción / Simoniello-Perticará), Comunicación Nº 3344 (21.12.00 - Perticará-Simoniello), Comunicación 3362 (15-03-01 - Simoniello), Expediente 21352-R-01 - Boscarol), Resolución 9754 (23.05.01 - Simoniello-Perticará), Comunicación 3570 (01-11-01 - Simoniello-Schneider), Comunicación Nº 3589 (29.11.01 - Simoniello), Comunicación 3675 (29.11.01 - Simoniello), Comunicación 3881 (Pinasco-Farias-Schneider-Carreras) y otros, lo que marca un claro ejemplo de la preocupación marcada en el sentido del desarrollo de esta concesión. Concesión que ha dejado en claro la falta de control por parte del Municipio en el cumplimiento de sus obligaciones a pesar de las ventajas que se le otorgaron ante la intervención del Gobierno Provincial en temas que le eran de su única obligación y que por estos días se vuelve a exponer ante el anuncio que la obra de mayor envergadura obligada por el contrato, pasa a ser responsabilidad ajena en contravención a la norma. Mientras, continuamos impávidos ante la presunta inacción de la Municipalidad de Santa Fe que no hace conocer la situación real de asunto como tantos otros casos en la Ciudad y por lo cual debemos enterarnos para poder actuar en consecuencia. Por lo expuesto y a los fines de intervenir sobre una situación
que consideramos de relevancia es que solicitamos prospere el presente
con la mayor celeridad posible con la anuencia de nuestros pares. |