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SANCIONADO 05/10/06
Terreno J.J.Paso y Francia:

Se solicita al Ejecutivo Municipal gestione con los propietarios del lugar un convenio para que la Municipalidad pueda hacer uso del mismo. El fin es mejorar y convertir el lugar en un espacio de uso público.

En la intersección de las calles J.J.Paso y Francia existe un terreno de grandes dimensiones en un estado de total abandono. Esto produce innumerables inconvenientes en cuanto a salubridad, orden y seguridad.

Solicitamos al Departamento Ejecutivo Municipal gestionar un convenio para que la Municipalidad pueda hacer uso del terreno.

En caso de concretarse el acuerdo, el lugar sería mejorado mediante parquizacion, forestación, equipamiento urbano e iluminación. El objetivo es convertir al lugar en un espacio de uso común.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante el/los titulare/s registral/es del terreno ubicado en la Manzana Nº 0931, extremo noroeste, intersección de las calles J.J.Paso y Francia a los fines de suscribir un convenio por el cual la Municipalidad pueda hacer uso del mismo mediante un comodato de diez (10) años eximiéndosele de la obligación de cumplir con los términos de la Ordenanza Nº 7279.

Art. 2º: De materializarse el convenio propuesto en el Artículo Primero, la Municipalidad convertirá al mismo en un espacio de uso público al que se incorporará parquización, forestación, equipamiento urbano, iluminación y demás elementos imprescindibles para cumplir tal función.

Art. 3º: Las erogaciones que pudieran producirse para la materialización del presente, deberán resultar imputadas a la partida anual presupuestaria correspondiente.

Art. 4º: De forma.


Santa Fe de la Vera Cruz, Septiembre de 2006.


Fundamentos

Concejalas y Concejales:

Este proyecto corresponde a una representación de similar intención que durante el año 2004 elevaramos a consideración del Cuerpo y que entendemos debemos insistir para lograr su aprobación a la vista de las diferentes situaciones que en el mismo se producen y que son motivo de constante reclamo por parte de los vecinos.

Hacemos mención inicial que el predio en cuestión - de grandes dimensiones - carece del tapial y vereda reglamentario tal como lo dispone la Ordenanza 7279, por una parte, pero por otra y ante el sistemático estado de abandono, dicho espacio es usado indebidamente generando innumerables inconvenientes en lo que hace a salubridad, orden y seguridad urbana, instancias que comprometen a los vecinos, más aún ante la localización de establecimientos educacionales próximos que motivan contínuos reclamos que necesariamente deben ser atendidos.

Consideramos también, que dada la superficie del mismo y su estado actual, es necesaria la intervención del DEM para gestionar con sus propietarios titulares un uso que compense por un determinado lapso de tiempo, el usufructo público mediante la incorporación de mejoras que lo transformen en un espacio de uso común con los detalles de necesidades que debieran incorporarse para lograr ese objetivo.

En el sentido expresado y con la anuencia del Cuerpo es que elevamos el presente para su segura y pronta aprobación.