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Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica:
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Poco se puede exigir al personal de dicha área cuando no cuentan con los elementos necesarios para trabajar. Por dicha razón se dispone que el Municipio instrumente el área para asegurar su buena organización y funcionamiento. |
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Al conocer que el Tribunal de Cuentas de esta Municipalidad dispuso la
realización de una constatación en la Dirección de
Alumbrado Público y Electromecánica y teniendo en cuenta
el informe surgido de la misma, creemos necesario, se atiendan las conclusiones
vertidas del mismo. Por dicha razón solicitamos al Departamento Ejecutivo Municipal
se garanticen las condiciones mínimas indispensables para el desarrollo
de las actividades de dicho Departamento y la preservación de los
bienes en él depositados. Así se podrá asegurar su
buen funcionamiento y efectividad al momento de realizar las tareas que
le son propias. Demás esta decir que las deficiencias que se ven en la Ciudad
con respecto a la iluminación pública son múltiples,
pero poco le podemos exigir al personal de dicha área cuando no
cuentan con los elementos necesarios para efectivizar su trabajo. Por lo expuesto, presentamos un proyecto de resolución para que
el Municipio, mediante las áreas correspondientes, instrumente
y acondicione la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica
dentro de un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días. |
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN
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Art. 1º: El Honorable Concejo Municipal dispone que Departamento Ejecutivo Municipal a través de las áreas correspondientes y con respecto a la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica, se instrumenten las siguientes medidas dentro de un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días, todas concernientes a su organicidad y buen funcionamiento:
Art. 2º: A los detalles explicitados en el Artículo 1º), podrán agregarse cualquier otro que a consideración del DEM pudieran resultar procedentes para lograr el objetivo planteado. Art. 3º: La erogación que signifique la implementación de lo solicitado en la presente, deberá resultar imputado a la partida anual correspondiente. Art. 4º: De forma. Santa Fe de la Vera Cruz, Octubre de 2006.
Concejalas y Concejales: Habiendo tomado conocimiento de la instancia por la cual el Tribunal
de Cuentas de esta Municipalidad, mediante Resolución Nº 047
de fecha 26.05.06 dispone la realización de una constatación
en la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica
y teniendo en consideración el informe surgido de la misma, estimamos
corresponder se atiendan las conclusiones vertidas en el informe respecto
a los fines de conferir a dicha repartición de las condiciones
mínimas indispensables para el desarrollo de sus actividades, la
preservación de los bienes en ella depositados, asegurando de esta
forma su buen funcionamiento y efectividad al momento de las actividades
que le son propias. En este sentido y haciendo una lectura objetiva del informe elaborado
(Nº 02/06 de fecha 14.07.06) surgen asuntos que hemos plasmado en
la presente Resolución a fines que el DEM asuma las responsabilidades
que caben para que las tareas que le resulten encomendadas a la Dirección
resulten eficientes. Demás está expresar que las deficiencias que se advierten
en cualquier punto de la Ciudad con respecto a la iluminación pública,
son múltiples y desde esa óptica es que surgen las dudas
sobre cuales son las causales que determinadas reparaciones no tengan
los resultados buscados. Pero ahora bien, poco es lo que se puede exigir
al personal de dicha área cuando no cuentan con los elementos necesarios
a cualquier hora del día o bien los mismos no se ajustan a las
condiciones para su instalación a consecuencia que no se cuenta
con los elementos en todo momento o los mismos no existen a causa de no
contenerlos en lugares apropiados o bien porque su estado de conservación
no es el óptimo y adecuado. Resulta claro el informe cuando ilustra acerca de estas y otras circunstancias
por las cuales se requiere una intervención urgente que no descarta
ser extendidas a otras áreas próximas dado que el lugar
que tienen asignado resulta obsoleto así como las metodologías
de control y actividad. Por lo expuesto y teniendo en consideración la totalidad del informe es que solicitamos el acompañamiento para la aprobación del presente. |