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Santa Fe, 15 de agosto de 2006.
Señor
Intendente Municipal de la ciudad de Santa Fe
Ing. Ezequiel M. Balbarrey
S / D
Por la presente me dirijo a Ud., reiterando mi anterior del 29/9/05,
a fin de solicitarle envíe a este Honorable Concejo Municipal,
las propuestas para la designación de dos (2) miembros para cubrir
el cargo de "vocal" de Tribunal de Cuentas Municipal.
Como es de su conocimiento el CPN Carlos A. Ronchi renunció -cuando
ya se encontraba fenecido su mandato -, hace más de un año
y el Dr. Andrés A. Costa ha concluido el mismo el 4/1/05; por lo
que el Tribunal se encuentra funcionado con solamente dos miembros, uno
de los cuales tiene su mandado vencido.
No escapará a su consideración que el normal desenvolvimiento
de ese organismo se ve resentido por esa falencia, resultando imprescindible
sea normalizado inmediatamente.
Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente.
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Art. 1°. Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal,
en un plazo de diez (10) días, envíe a este Honorable Concejo
Municipal las propuestas pertinentes a fin de cubrir dos (2) cargos de
"Vocal" del Tribunal de Cuentas Municipal, en un todo de acuerdo
a lo dispuesto en el art. 3° del Anexo de la Ordenanza N° 9124.
Art. 2°. De forma.
Santa Fe de la Vera Cruz, 15 de agosto de 2006.
F U N D A M E N T O S
Sras. Concejalas, Sres. Concejales:
El Tribunal de Cuentas es el órgano administrativo de contralor
por excelencia, por lo que no es necesario resaltar la importancia que
el mismo tiene dentro del esquema municipal.
Será de su correcta integración y funcionamiento que dependerá
la completa observancia de las normas vigentes en materia administrativo-financieras
por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.
Desde hace más de un año el organismo viene trabajando
solamente con dos miembros ya que el CPN Carlos Ronchi, cuyo mandato había
fenecido el 4/1/05, renunció a su cargo sin el que Departamento
Ejecutivo Municipal envíe propuesta alguna para su reemplazo.
Por otra parte, también se encuentra vencido desde igual fecha,
el mandato del Dr. Andrés Costa, el que si bien continúa
en su cargo, deberá ser reemplazado o, en su caso, efectivamente
confirmado por el Departamento Ejecutivo Municipal, atento lo dispone
el art. 4° del Anexo de la Ordenanza 9124.
Dada la importancia del tema que nos ocupa es que descontamos el apoyo
que den a la iniciativa.
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