28 DE SEPTIEMBRE DE 2006
CREACION EN DEL PROGRAMA DE REVITALIZACION Y PUESTA EN VALOR DEL JARDIN BOTANICO ING. PARODI.

Art. 1º: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, un Programa de Revitalización y Puesta en Valor del Jardín Botánico "Ing. Lorenzo R. Parodi", el que deberá ser implementado a través de la creación de una comisión formada al efecto con la participación del Departamento Ejecutivo Municipal, integrantes del Honorable Concejo Municipal y entidades defensoras del medio ambiente y los recursos naturales.

Art. 2º: Serán objetivos de este Programa la revalorización de su estructura actual, capacitación del personal y la organización de áreas que abarquen distintos aspectos posibles de desarrollar en su ámbito a los efectos de incluirlos en la comunidad santafesina para generar valores y actitudes de respeto y conservación de los recursos naturales.

Art. 3º: Será función de la Comisión propuesta en el artículo primero, la organización de los siguientes aspectos:

" Adecuación de la infraestructura existente.
" Programa de capacitación interna y externa.
" Programas de visitas para el público en general.
" Programa de difusión y extensión.
" Promoción de áreas educativas.
" Producción de publicaciones y proyectos técnicos.
" Programas de proyectos propios y asociados.
" Programas de eventos, actividades y campañas.
" Estudios de factibilidad para el funcionamiento de una escuela de paisajismo dependiente del Liceo Municipal.

Art. 4º: Se incluirá dentro del Programa propuesto, la creación de un Departamento Técnico Asesor para lo cual se convocará a profesionales afines, provenientes de entidades intermedias defensoras de los recursos naturales los que actuarán dentro del ámbito del Jardín Botánico en tareas de consultores ad honorem.

Art. 5º: Deberá contemplarse en el programa la incorporación de servicios gastronómicos y baterías sanitarias para los visitantes pudiendo ambos servicios, resultar concesionados a terceros para su conservación y explotación.

Art. 6º: La erogación que resulte de la implementación de este Programa deberá imputarse a la partida anual presupuestaria correspondiente.

Art. 7º: De forma.


SALA DE COMISIONES, abril, junio, julio de 2.005 y septiembre de 2.006.