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| 12 DE OCTUBRE DE 2006 |
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O R D E N A N Z A Art. 1º: Incorpórese al artículo 9º de la Ordenanza
Nº 7.990 - Regulación del Servicio de Transporte Escolar -
el inciso f), con el siguiente texto: Art. 2º: Sustitúyese el último párrafo del
artículo 73º - Transporte de Escolares, del Capítulo
III de la Ordenanza Nº 10.017 - Reglamento General de Tránsito,
el que quedará redactado de la siguiente forma: Art. 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a
determinar la fecha de puesta en vigencia del requisito exigido en el
artículo 1º, el que no podrá exceder del comienzo del
próximo año lectivo. Art. 4º: Confórmense los textos ordenados de las Ordenanzas
Nros. 7.990 y 10.017, modificadas a través de la presente. Art. 5º: De forma. SALA DE COMISIONES, octubre de 2.006.-
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