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DECRETO
Art. 1: Requiérase la presencia (conforme a lo dispuesto en el
art. 183 del Reglamento Interno del H.C.M. ) del Sr. Secretario de Planeamiento
y patrimonio de la municipalidad de Santa Fe, Arq. Gustavo Giobando, y
del Sr. Presidente del Instituto Municipal de la Vivienda D. Alfredo Migone
para la sesión ordinaria del cuerpo del día jueves 12 de
octubre a las 16 hs. a efecto de que informe in voce aspectos vinculados
con:
a) Urbanización de áreas inundables ley provincial nº
11.730 sancionada en el año 2000. Ordenanza de adhesión
nº 10.612.
b) Situación del catastro municipal. Acciones previstas para superar
la situación irregular de más de 20.000 viviendas según
lo reconocido por los propios funcionarios mencionados en diversas manifestaciones
periodísticas.
c) Criterios o fundamentos jurídicos utilizados para prestar sediciones
de urbanización, en áreas prohibidas por las disposiciones
jurídicas mencionadas y el reglamento de zonificación vigente
(ordenanza nº 8813 y modificatoria, por ejemplo asentamientos irregulares
en distritos RU.A.-
d) Utilización de los recursos presupuestarios en las áreas
a cargo.
e) Criterios de urbanización y zonificación sustentados
en mensaje nº 58, año 2005 y expedientes nº 28495-N-05
adj. Expte. Vs. 241-E-05 (Nota nº 1270-E-04) y para futuros emplazamientos
de edificios en altura en zonas de baja o media densidad de población
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