11 DE MAYO DE 2006
INTIMACION A LA CONCESIONARIA DE LA ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS MANUEL BELGRANO POR INCUMPLIMIENTOS.

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE
R E S O L U C I O N

Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de las áreas que pudieran corresponder, intime a la concesionaria de la Estación Terminal de Omnibus "Manuel Belgrano" a dar cumplimiento a su obligación de gestionar la instalación de cajeros automáticos en dicho ámbito, tal lo dispuesto en el artículo 3º, inciso d) de las Bases Particulares obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones y que forma parte de la Ordenanza Nº 10.552.

Art. 2º: La empresa concesionaria deberá informar, en un plazo no mayor a los quince (15) días de comunicada la presente a la repartición interviniente, acerca de las gestiones realizadas ante diferentes entidades bancarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente.

Art. 3º: De forma.

SALA DE COMISION, mayo de 2.006.-