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El Honorable Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal
que a través del área correspondiente, informe en un plazo
de quince (15) días sobre la implementación de la Ordenanza
Nº 11.153, lo siguiente:
1) Indicar la cantidad de Empresas de Vigilancia Privada y/o Seguridad
que se inscribieron en el registro, remitiendo al Honorable Concejo
Municipal un listado de las mismas.
2) Indicar, si las empresas actualizan anualmente la documentación
que avala la autorización para el funcionamiento emanada por
Resolución Nº 0421/91 del Ministerio de Gobierno de la Provincia
de Santa Fe, de acuerdo a lo prescripto en el artículo 4º
de la Ordenanza.
3) Indicar en igual sentido, si las empresas mantienen actualizada la
nómina y horarios de prestación de servicio de personal
que trabaja en la misma.
4) Detallar los casos de incumplimiento, e indicar si se procedió
a la baja del Registro de Empresas de Vigilancia Privada y/o Seguridad.
5) Indicar la cantidad de solicitudes recibidas para ocupar el espacio
público, detallando de acuerdo a lo prescripto en el artículo
5º, las autorizaciones y denegaciones que merecieron las mismas.
6) Detallar las empresas que a la fecha adeudan tributos municipales.
Santa Fe, 30 de noviembre de 2.006.- Expte. Nº 29.952-C-06.-
Sres. Concejales Jorge Henn y Leonardo Simoniello.-
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