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| 03 DE AGOSTO DE 2006 |
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RESOLUCION Art.1º: Cumpliméntese lo dispuesto por Ordenanza Nº 10.941, referido al programa permanente de "Salvataje de Empresas en crisis a traves de Cooperativas y/o cualquier otra organización de economía social que posibilite el recupero de la empresa en el medio, a través del protagonismo de todas las partes que lo componen" Art. 2º: De forma. ORDENANZA Nº 10.941 O R D E N A N Z A Art. 1º: Créase en el ámbito de la Secretaría
de Desarrollo Económico y Urbano de la Municipalidad de la ciudad
de Santa Fe, el programa permanente de "Salvataje de Empresas en
crisis a través de Cooperativas y/o cualquier otra organización
de economía social que posibilite el recupero de la empresa en
el medio, a través del protagonismo de todas las partes que lo
componen". Art. 2º: Se establece como objetivo principal del programa la planificación,
organización, promoción, ejecución y seguimiento
de las acciones necesarias a los fines de preservar las empresas radicadas
en nuestra ciudad que se encuentren en estado de insolvencia, sea con
declaraciones judiciales de quiebra o bien que se encuentren en estado
de abandono por parte de sus titulares. Art. 3º: Para el cumplimiento de los objetivos del presente programa la Secretaría de Desarrollo Económico y Urbano de la Municipalidad de ciudad de Santa Fe podrá suscribir convenios con reparticiones nacionales, provinciales, entes descentralizados, unidades académicas, organizaciones no gubernamentales a los fines de coordinar políticas que coadyuven al objetivo de la presente, posibilitando un enfoque interdisciplinario. Art. 4º: Detección de casos de empresas en estado de quiebra
o por cuyo estado de Se establecen como líneas de acción
del programa las siguientes: Art. 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal designará personal
idóneo de su planta permanente a fin de cumplimentar lo dispuesto
en el artículo 1º de la presente. Art. 6º: Los gastos que origine la implementación de la presente,
serán imputados a la partida presupuestaria del año 2.003. SALA DE SESIONES, 27 de marzo de 2.003.- |