Jueves, 24 Noviembre, 2005 4:57 PM
REITERACION CUMPLIMIENTO EFECTUADO POR DECRETO Nº 386 - IRREGULARIDADES EN EL TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS.

DECRETO

Art. 1º.- Dispónese que el Sr. Presidente del Honorable Concejo Municipal, en ejercicio de facultades que le son propias, reitere el requerimiento que hiciera en cumplimiento del Decreto Nº 386, a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Santa Fe, relacionada con presuntas irregularidades que se habrían detectado en las empresas que prestan el servicio de Transporte Urbano de Pasajeros, que se transcribe a continuación:

"... 1.Si de acuerdo al Convenio Colectivo de Trabajo, los aportes jubilatorios son realizados por las "autogestionadas" o si los choferes figuran inscriptos como "autónomos".

2.Según la legislación vigente en la materia, las libretas de trabajo deben renovarse el 1º de enero de cada año y se retiran las hojas sobrantes y foliadas del libro de sueldos. Es posible que a la fecha de efectuada la denuncia por la Municipalidad -abril/94- ningún empleado tuviera libreta de trabajo y no existieran nuevos registros.

3.Para el cobro del "fondo de desempleo" es necesario un trámite administrativo ante esa Secretaría, es posible cobrar el "fondo de desempleo" si se trabaja en una "autogestionada"? ¿cómo se compatibiliza el "fondo de desempleo" con la existencia de aportes sindicales y de obra social?.

4. Si es criterio de esa Secretaría que las "autogestionadas" son sociedades de hecho o cooperativas, bajo que figura se otorgó a sus trabajadores el "fondo de desempleo.

5. En las audiencias convocadas por esa Secretaría las "autogestionadas" son representadas por los delegados gremiales, existe constancia de la delegación de esa representación por parte de las sociedades de hecho o cooperativas que funcionan bajo la forma de "autogestión".

6. De qué forma y a quién se realizaron las citaciones a las audiencias.

7. En las "autogestionadas" los seguros a cargo de las mismas a nombre de quién son facturados y emitidas las pólizas correspondientes..

8. Siendo que las "autogestionadas" son consideradas sociedades de hecho, quiénes figuran como integrantes y/o responsables de las mismas.

9. La Municipalidad de Santa Fe, ha concurrido habitualmente a las audiencias convocadas?

10. Se constató la existencia de personal "en negro", en su caso, en qué líneas. ..."


Asimismo se solicita el listado de empleados registrados afectados al sistema de transporte público por colectivos..

Art. 2º.- De forma.

FUNDAMENTOS

El año pasado hemos remitido una nota a la Secretaría de trabajo donde le solicitamos información relacionadas con empleados afectados al Sistema de Transporte Público de Pasajeros sin obtener nota alguna. En tal oportunidad se nos manifestó además que la contestación al requerimiento formulado solo se haría si lo solicitaba el Cuerpo, con iguales resultados negativos por parte de la Secretaría.

El tema adquiere particular importancia habida cuenta que se encuentra para su tratamiento en este Concejo Municipal el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación del Transporte Público de Pasajeros y que la U.T.A. ha manifestado algunas reticencias con respecto al mismo. Por lo que resulta imperativo obtener la información necesaria para evitar situaciones que comprometa la claridad y transparencia que la situación requiere.

Es por lo expresado y atento a que la información requerida es indispensable para la toma de decisiones relacionadas con esta problemática, es que solicitamos a este H.C.M. reitere el requerimiento que hiciera en cumplimiento del Decreto 386 a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Santa Fe, relacionada con presuntas irregularidades que se habrían detectado en las empresas que prestan el servicio de transporte urbano de pasajeros.