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El Honorable Concejo Municipal solicita que el Departamento Ejecutivo
Municipal que a través de la secretaría correspondiente
informe en un plazo de quince (15) días, sobre las Estaciones de
Servicios dedicadas al expendio de combustibles líquidos y GNC,
lo siguiente:
1) Detallar la cantidad de Estaciones de Servicio que tienen permiso
para funcionar, discriminando por separado aquellas dedicadas al expendio
de combustibles líquidos (naftas y gasoil), GNC, y mixtas (GNC
y naftas).
2) Si todas cumplen con las medidas de seguridad estipuladas para su
funcionamiento, indicando las Estaciones que por tal motivo han sido
observada y el acatamiento que merecieron las mismas.
3) Detallar las Estaciones de Servicio que fueron clausurada a partir
del año 2.004, y causales que motivaron cada caso en particular.
4) Si se ha detectado el funcionamiento de comercio dedicados al expendio
de combustibles sin habilitación municipal, indicando las medidas
adoptadas.
Santa Fe, 14 de marzo de 2.005.- Expte. Nº 27.406-C-05.-
Sres. Concejales Jorge Henn y Leonardo Simoniello.-
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