
| |
| Jueves, 2 Junio, 2005 6:51 PM |
| MODIFICACION ORDENANZA Nº 7990 -TRANSPORTE ESCOLAR- |
|
ORDENANZA Art. 1º: Incorpórase a la Ordenanza Nº 7.990 como último artículo la cláusula transitoria cuyo texto se detalla a continuación: "Suspéndase hasta el 30 de junio de 2005 la vigencia del artículo 5º en lo referido a la antigüedad de los vehículos afectados al servicio privado de Transporte Escolar. Unidades a desafectar a partir del 1º de Julio de 2006, modelos 1992 y anteriores" Art. 2º: De forma. Santa Fe de la Vera Cruz, Mayo de 2005. FUNDAMENTOS Concejalas y Concejales: La Ordenanza Nº 7990 en su Art. 5º establece que los vehículos destinados al servicio privado de transporte escolar no podrán exceder de quince (15) años de antigüedad. Con relación a esta disposición es que la Asociación de Transportistas Escolares y Afines (A.T.E.A.) acercaron un pedido especial a este Concejo Municipal mediante la presentación de una nota en Diciembre de 2004 - Expte. 27215-N-04 -. En la misma se solicita, concretamente, considerar la extensión del plazo de renovación y/o prórroga de un año con respecto a la antigüedad de las unidades, fundamentando dicha petición en la necesidad de trabajo como así también en la imposibilidad de adquirir nuevos vehículos debido a su alto costo y a la situación socioeconómica por la que transita nuestro país. Atento a ello y comprendiendo la realidad de la situación manifestada por la Asociación es que presentamos este proyecto, teniendo en cuenta también que recientemente este Cuerpo ha sancionado normas con respecto a Taxis y Remises en igual sentido que la que proponemos. Por lo expuesto solicitamos a nuestros pares el apoyo necesario para
la aprobación del presente proyecto. |