Jueves, 18 Agosto, 2005 5:02 PM
IMPLEMENTACION DE LA ORDENANZA Nº 10.033 -CREACIÓN DE "BIBLIOTECAS DE LA COMUNIDAD"

RESOLUCION

Articulo 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal arbitre los medios necesarios para la implementación, de la ordenanza 10033, por la cual se crean las "bibliotecas de la comunidad".

Articulo 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de colaboración y/o cooperación a los fines de lograr lo estipulado en el texto de la Ordenanza 10033 y de posibilitar tareas de promoción de la lectura y el libro.

Artículo 3º: De forma.