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| Jueves, 28 Abril, 2005 4:25 PM |
| PUBLICACION EN FORMA MENSUAL Y PERMANENTE LOS LUGARES HABILITADOS COMPRENDIDOS POR LA ORDENANZA Nº 9139 -ESPECTACULOS PUBLICOS |
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PROYECTO DE RESOLUCION Art. 1º.- Dispóngase que el Departamento Ejecutivo Municipal, publique en forma mensual en los medios locales de mayor difusión de la Ciudad y página web de la Municipalidad, la nómina completa de los lugares comprendidos por la ordenanza Nº 9139, que se encuentren correctamente habilitados detallando la capacidad autorizada para cada uno de los mismos. Art. 2º.- Dicha nómina deberá ser actualizada de acuerdo a las altas y bajas que se operen dentro de cada período. Art.3º.- De forma.- Santa Fe, enero 11 de 2005.- FUNDAMENTOS Concejalas y Concejales: Estos últimos días por distintos medios hemos tomado conocimiento
que en muchos casos los lugares de diversión no cuentan con la
correspondiente habilitación municipal y no guardan las medidas
reglamentarias de seguridad fijadas por las ordenanzas pertinentes, si
dirá entonces cuales son los motivos por los que la municipalidad,
no procede a la clausura de los mismos, y, en efecto, esta situación
que debiera operar automáticamente, es en muchos casos sistemáticamente
burlada por los propietarios de los comercios afectados. |