Jueves, 4 Noviembre, 2004 7:40 PM

CREACION DELEGACION MUNICIPAL GORRITI.

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A

Art. 1º: Créase la Delegación Municipal Gorriti, en el marco de lo establecido en la Ordenanza Nº 11.048 (Programa Gradual de Desconcentración Territorial y Funcional en la Administración Municipal), que comprenderá la jurisdicción limitada por: Avenida Estanislao Zeballos al sur, Avenida Blas Parera al oeste, calle Facundo Quiroga al norte y Avenida Aristóbulo del Valle al este.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, cuando las circunstancias lo ameriten y en la medida de las posibilidades operativas, la presente Delegación prestará servicios en zonas aledañas a la jurisdicción delimitada up-supra.
Art. 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la afectación de personal, en número suficiente y los dotará de medios indispensables, a fin de poder satisfacer los requerimientos de baja complejidad efectuados por los vecinos, como también, informar sobre cuanto pueda resultar de utilidad referente a: servicios, tramitaciones, etc. Y constituirse en nexo con las áreas municipales, que en cada caso resulte menester.
Art. 3º: La Delegación tendrá en materia administrativa y personal, similar estructura orgánica a las delegaciones, que se encuentren funcionando en la actualidad.
Art. 4º: La Delegación propenderá, a una activa participación de los vecinos de la jurisdicción, en el tratamiento de sus diversas problemáticas, para lo cual se les invitará, conjuntamente con las entidades legalmente constituidas, a efectuar sus aportes e integrarse a todas las actividades que en tal sentido se realicen.
Art. 5º: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza se imputarán a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio fiscal del año que corresponda.
Art. 6º: De forma.