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| Jueves, 27 Mayo, 2004 8:10 PM |
| MODIFICACIÓN ORDENANZA 9482-LICITACIONES PUBLICAS |
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EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE Art. 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza
Nº 9.482, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Analizar los actos administrativos que se refieren a la hacienda
pública municipal y observarlos cuando contraríen o violen
disposiciones legales o reglamentarias dentro de los diez (10) días
corridos de haber tomado conocimiento de los mismos. A tales efectos dichos
actos, juntamente con los antecedentes que los determinen, deberán
ser comunicados antes de entrar en ejecución, salvo que la excepción
hubiera sido consagrada por leyes anteriores o cuando razones de necesidad
o urgencia, a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal, así
lo justifiquen". |