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El Honorable Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal
que a través de la secretaría correspondiente informe en
un plazo de quince (15) días, lo siguiente:
1) Si se ha otorgado al Sr. Martín Priano una habilitación
precaria para el funcionamiento de bar y balneario, en la Isla Silgadero,
de ser afirmativo, envíese al Honorable Concejo Municipal una
copia de la resolución.
2) Indicar sobre la existencia de la figura "habilitación
precaria" en los actos administrativos de la Municipalidad, explicitando
a qué categoría obedece y el alcance de la definición.
3) Si se ha constatado la regularización de las mejoras edilicias
del lugar, cumplimentado las intimaciones cursadas por la Dirección
de Edificaciones Privadas.
4) Si se ha acreditado fehacientemente la titularidad del predio y/o
las condiciones de tenencia del mismo.
5) Si se ha corroborado que se hayan tomado medidas a efectos de subsanar
los inconvenientes y/o molestias que pudieran producirse a terceros,
de acuerdo a las quejas y denuncias por ruidos molestos recibidas por
el Departamento de Protección del Medio Ambiente.
6) Si se ha evaluado la compatibilidad y posible integración
del emprendimiento autorizado, con el proyecto de urbanización
correspondiente al Expte. Nº 148-V-2.000.
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