Jueves, 29 Abril, 2004 1:43 PM
SOBRE TABLAS: ALUMBRADO PUBLICO SOBRE MONTOS INGRESADOS AL MUNICIPIO DESDE LA EPE.

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo Primero: Cumpliméntese la Comunicación 3924 sancionada el 20 de marzo de 2003 referida a los montos ingresados al Municipio desde la EPE para el mantenimiento del alumbrado Público.

Artículo Segundo: Cumpliméntese la resolución 9726, sancionada el 7 de agosto de 2003, referida a garantizar los elementos indispensables de trabajo para la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica.

Artículo Tercero: Cumpliméntese la resolución 9735 sancionada el 7 de agosto de 2003 referida a que se cumplimente la ordenanza 10097, Programa permanente Santa Fe a Plena Luz y la remisión de información a este Concejo Municipal.


FUNDAMENTOS

Estamos solicitando que el Municipio cumpla con disposiciones de este Concejo vinculadas al tema del Alumbrado Público.

Desde la implementación de la Cuota de Alumbrado Público que la pagamos todos los vecinos de la ciudad, como una doble imposición para la prestación del servicio, el Municipio percibe un porcentaje (6%) de la facturación de la Empresa Provincial de la Energía en la ciudad.

Este monto, de aproximadamente $1.500.000.- debería ser afectado en un porcentaje superior al 25% e inferior al 50%, a un programa sancionado por Ordenanza Municipal 10.097que dispone la implementación del Programa Santa Fe a Plena Luz.

Es decir, que al Municipio le ingresan recursos que son directamente afectados a un Programa tendiente a mantener el sistema de Alumbrado Público en la ciudad pero evidentemente se utilizan para ese fin. Veamos como:

Oportunamente, por ordenanza 10014/95 la Municipalidad de Santa Fe aprobó el convenio por el cual se autoriza a la Empresa Provincial de la Energía al cobro de una Cuota de Alumbrado Público al vecino consumidor de la ciudad con el justificativo de solventar el consumo, gastos y erogaciones para el mantenimiento del alumbrado público en la ciudad.

El cobro de esta cuota por parte de la EPE, representativa del 3% del consumo individual y/o particular de los santafesinos, originó que la Empresa desembolse el pago íntegro del 6% de lo facturado por consumo de Energía correspondiente, según la Ley 7797 y determina un ingreso a una partida especial que en el año 2002 alcanzó a $1.742.035,69.- No tenemos aún el del 2003.

Posteriormente, la Municipalidad sancionó la Ordenanza 10097/96, afectando a un Fondo especial para la atención del "Programa Santa Fe a Plena Luz" entre el 25 y el 50% de lo remitido por la EPE. Es decir que al Municipio, le ingresan estos montos para atender el alumbrado público de la ciudad y supuestamente debería afectar aproximadamente $750.000 (50%de lo recaudado) que le ingresan y se originan en una sobre-tasa que pagamos los santafesinos.

Ahora bien. Por que la Municipalidad no puede atender los reclamos en este concepto, o por que las reparticiones no tienen los elementos para dar las respuestas Evidentemente la respuesta esta vinculada con un evidente desvío de fondos que le pertenecen al alumbrado hacia lo que normalmente se denomina Rentas Generales. Es decir, los montos ingresan pero no se afectan para el fin que fueron creados.

En la discusión del último Presupuesto, pretendimos anular la facultad que se le otorga al Ejecutivo para desviar montos provenientes de fondos especiales.

Pero si bien esta contemplación existe, no es menor que este fondo sea alimentado indirectamente por una Tasa especial -y a nuestro juicio inconstitucional- como la C.A.P. que pagan religiosamente los vecinos con su factura de consumo de energía y por la que nos dijeron que iban a utilizar para garantizar el alumbrado. Evidentemente ha existido un exceso y este exceso se ha transformado en una verdadera burla.

Es por eso que existen mas de 1.500 reclamos de vecinos a la Dirección de Alumbrado. Es por eso que no tienen los elementos ni para cambiar un foco. Es por eso que no existe una movilidad acorde y necesaria para dar las respuestas. Es por eso y solo por eso que se va desprestigiando el trabajo del Municipio en general, y de algunas reparticiones en particular que no pueden atender sus funciones, solo porque algún funcionario dice desconocer el monto que le correspondería para atender los reclamos y porque otros, que los conocen bastante derivan montos de fondos especiales a Rentas Generales.