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| CUMPLIMIENTO COMUNICACIÓN 3885 -SOBRE INTIMACIONES Y SANCIONES A PROPIETARIOS DE CAVAS |
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN Art. 1º: Cumpliméntese lo solicitado en la Comunicación 3885 - Pedido de Informes - Art. 2º: De forma. FUNDAMENTOS Concejales y Concejalas: Transcurrido más de un año desde la aprobación de la Comunicación 3885, el 6 de Noviembre de 2002, el Departamento Ejecutivo Municipal no ha respondido el pedido de informes que presentáramos desde este Bloque. Con la mencionada comunicación pretendíamos conocer el grado de cumplimento de lo dispuesto en la Resolución 9154, sancionada el 30 de Mayo de 2002. A través de la misma este Concejo Municipal dispuso que el Departamento Ejecutivo cumplimente en un plazo de 90 días las Ordenanzas 9.519, 9.652 y 9.925 las cuales regulan el tratamiento de las cavas y se remita a Fiscalía Municipal todas las actuaciones existentes referidas a "intimaciones y sanciones" realizadas a propietarios de cavas, a los efectos de que inicie o prosiga hasta su total finalización, las acciones legales y/o administrativas que garanticen el fiel cumplimiento de las Ordenanzas vigentes. Consideramos que toda la problemática referida a las cavas merece una especial atención por parte del Departamento Ejecutivo Municipal por todos los riesgos que trae aparejado la existencia de las mismas. Quienes viven en las cercanías a las distintas cavas que existen en nuestra ciudad tienen presente este tema todos los días del año. Otros, solamente, cuando se ahoga algún niño que pretendiendo los sofocantes calores santafesinos. No importa el tiempo que lleve alcanzar una solución definitiva con respecto a las cavas, lo que no puede suceder es que existan dilaciones injustificadas en la búsqueda de ese objetivo. |
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