![]() |
|||||||||||||||||
|
RESOLUCION
Nº 10.568
|
|
VISTO: CONSIDERANDO: Por ello; EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE Art. 1º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal,
a través de la Secretaría de Gobierno, establezca los mecanismos
necesarios a los fines de brindar información acerca de menores
extraviados y tender a su localización. Art. 2º: La Secretaría de Gobierno habilitará
una línea telefónica de características de uso gratuito
donde se recepcionará información de menores ausentes y
se impartirá sugerencias a familiares de los afectados. La línea
telefónica estará a disposición los 365 días
del año. Art. 3º: La Secretaría de Gobierno deberá comunicar
toda información relacionada con la presente al Registro Nacional
de Información de Personas Menores Extraviadas creado por Ley Nº
25.746 y reglamentada por Decreto Nº 1.005/2.003 a los efectos que
corresponda. Art. 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará
la celebración de convenios con otros municipios del Area Metropolitana
"Gran Santa Fe" y la Secretaría de Derechos Humanos de
la Provincia de Santa Fe, para la difusión de la búsqueda
de menores extraviados. Art. 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal elaborará
a través del Consejo Ejecutivo del Programa Municipal de Seguridad
Urbana y la colaboración de organizaciones no gubernamentales afines,
un programa con directivas concretas a aplicar. Art. 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. SALA DE SESIONES, 25 de noviembre de 2.004.- |