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ORDENANZA
Nº 11108 - Registro de Nodos de Trueque
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EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A Art. 1º: Créase el Registro de Nodos de Trueque, cuyas características serán establecidas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco de la Ley Nacional Nº 25.326/00 (Protección datos personales). Art. 2º: La inscripción en el Registro es obligatoria
y estará exenta del pago de Tasa y/o Registro e Inspección,
siendo requisito indispensable para su habilitación. Art. 3º: A los fines de la presente Ordenanza, se definen
los siguientes términos:
Art. 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado
para suscribir convenios de cooperación mutua, asistencia técnica
y capacitación con estas organizaciones. Art. 5º: En cada uno de los Nodos deberán cumplirse
las siguientes condiciones:
Art. 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal determinará
las condiciones y el lugar de funcionamiento de los distintos Nodos de
Trueque en la ciudad, priorizando los lugares cerrados. Art. 7º: Prohíbese el funcionamiento de Nodos de Trueque
en plazas, parques y paseos, excepto cuando existan razones que justifiquen
su autorización en días y horarios determinados y no se
vea afectado el uso público de estos espacios. NORMAS COMPLEMENTARIAS. Art. 8º: El Departamento Ejecutivo Municipal solicitará
al Superior Gobierno de la Provincia que a través de las reparticiones
correspondientes, realice controles periódicos con relación
al intercambio de alimentos en los Nodos Art. 9º: del Trueque existentes en nuestra ciudad, se encuentren
o no inscriptos en el Registro que por la presente Ordenanza se crea. Art. 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. SALA DE SESIONES, 7 de octubre de 2.004.- |