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EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA
FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
Art. 1º: Créase en la órbita de la Subsecretaría
de Cultura el "Museo de la Memoria" destinado a lograr el fortalecimiento
de la memoria colectiva, acerca de los hechos violatorios de los derechos
humanos que sucedieron durante la última dictadura militar.
Art. 2º: Para su funcionamiento el Museo de la Memoria estará
ubicado en un lugar que sea fácilmente identificable con los hechos
que se intentan recordar. Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal
a gestionar ante el gobierno provincial la cesión de un inmueble
con las características descriptas.
Art. 3º: La Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, afectará
una partida específica y permanente del presupuesto municipal para
el financiamiento independientemente de los ingresos propios que pueda
generar.
Art. 4º: El Museo de la Memoria estará dirigido por
un cuerpo mixto integrado de la siguiente manera:
a) Comisión Directiva: estará integrada por cinco (5)
miembros, cuyo desempeño será ad honorem y durarán
en sus funciones cuatro (4) años. Los mismos serán personas
de reconocida trayectoria comprometida con la defensa de los derechos
humanos y los valores democráticos y deberán contar con
el aval de un organismo de Derechos Humanos o Asociación intermedia
reconocidos legalmente.
Sus funciones serán las de delinear las políticas generales
de acción del museo, volcándolas en planes anuales y en
toda otra ocasión cuya importancia lo justifiquen y participar
en la elaboración y evaluación de los planes de trabajo
colaborando en forma permanente con el Director.
La primer Comisión Directiva dictará el Reglamento Interno
para su funcionamiento.
b) Director: Designado por el Departamento Ejecutivo Municipal. El cargo
será cubierto por concurso cuyas bases serán enviadas
y puesta a consideración de la Comisión Directiva y de
la Comisión de Cultura, Acción Social y Medio Ambiente
del Honorable Concejo Municipal.
La Comisión Directiva elaborará un dictamen no vinculante
respecto de las condiciones de cada uno de los postulantes a dicho concurso
y su elección será a través del Honorable Concejo
Municipal.
El Director del Museo será el responsable ejecutivo de la labor
del organismo y lo representará en toda su actividad pública.
Art. 5º: El resto del personal del Museo será designado
por concurso cerrado de oposición y antecedentes destinado al personal
de planta permanente de la Administración Municipal y Concejo Municipal.
Art. 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
SALA DE SESIONES, 26 de marzo de 2.002.-
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