ORDENANZA
Nº 10708 - EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS
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EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A Art. 1º: Sustitúyese el art. 1º de la Ordenanza
Nº 9.324, por el siguiente: "Prohíbese, dentro del ejido
de la ciudad de Santa Fe el expendio de bebidas alcohólicas al
paso en quioscos, carribares y en minimercados de estaciones de servicios
no habilitados para el expendio de bebidas para consumir en el lugar,
desde las 23 horas hasta las 7 horas del día siguiente. Art. 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. SALA DE SESIONES, 17 de mayo de 2.001.-
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