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EL CONCEJO SE MANIFESTO EN FORMA UNANIME A FAVOR
DE LA SUSPENSION DE LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 12065 MODIFICATORIA
DE LA LEY 2756 (T.O. Decreto 67/1985), REFERIDA A LA REDUCCION DE LOS
CONCEJOS DE SANTA FE Y ROSARIO
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TAMBIEN EN FORMA UNANIME POR PEDIDO DE LOS CONCEJALES
HENN Y SIMONIELLO SOLICITO SE ENVIEN COPIAS AL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Y LEGISLADORES PROVINCIALES
La conocida Ley Nº 12.065 de Reforma Política o Modificación a la Ley Orgánica de Municipios, ha traído para las instituciones partidarias menor número de representantes ante los Concejos Municipales de las ciudades más importantes de la Provincia de Santa Fe. Pero debemos agregar que también posee errores conceptuales sobre Autonomía Municipal, División de Poderes y Gasto Público. Demás esta decir que los conceptos que emanan de la Constitución Nacional sobre autonomía y autarquía de los municipios de la República Argentina tienen un largo arraigo en la historia cultural de nuestro país. Desde aquellos cabildos abiertos de 1810 hasta su consagración como norma constitucional en 1994. Mas allá que dentro del territorio de nuestra Provincia el marco regulatorio donde se mueven los municipios y comunas esta consagrado en dos leyes , (la Nº 2.756 y la Ley Nº 2.846), no podemos interpretar tan a la ligera que una reducción arbitraria en el número de ediles de las ciudades más grandes y un tope en el límite del gasto presupuestario del 1,5% de dicha jurisdicción, va a resolver el grave problema de la falta de representatividad y confianza en la clase política existente hoy en la Argentina. Creyendo que con esta reducción de personas y presupuesto, la idoneidad, eficiencia transparencia y solvencia de la gestión municipal comenzara a aparecer. Existen no solo errores de concepto como por ejemplo cuando se habla de gasto público se focaliza toda reforma política casi exclusivamente en los poderes legislativos sin un abordaje de los problemas estructurales del sistema. Paralelamente a la discusión del gasto, deberíamos hacer hincapié en la necesidad de dotar a las instituciones democráticas de las capacidades de gestión necesarias para llevar adelante las funciones indelegables que le han sido asignadas. En este sentido, sería interesante discutir medidas tendientes a optimizar y jerarquizar la actividad legislativa en todos los niveles. Para sintetizar el espíritu de la Ley 12.065 podemos decir que limita la capacidad que posee cada Municipio de legislar hacia los ciudadanos, dictaminar sus normas internas, en fin ser autónomo de otro poder superior. Pero lo más importante de todo esto es que si nos acogemos al discurso que hoy en día se baraja desde las más altas esferas de la política nacional sobre una nueva forma de hacer política, donde existan actores nuevas que tengan mas participación en la decisión de la cosa publica, y en la ultima contienda electoral desde todo el arco político se abrazaron estas ideas como la forma de acercarse a la gente, es contradictorio pensar que ahora que todo ha pasado, debemos olvidar lo que nos piden los ciudadanos todos los días, que es mas transparencia, coherencia y trabajo en pos del bienestar general. Debemos ponernos de acuerdo que a medida que los cuerpos deliberativos se achican y las posibilidades de acceder a una banca se reducen a la mitad como ocurre desde la sanción de la presente ley que solicitamos al Poder Legislativo, que se ha renovado en su totalidad derogue, la distancia que existe entre la sociedad y la clase dirigente aumentará proporcionalmente, y los perjudicados no solo serán los partidos políticos, sino en primer lugar la ciudadanía misma. La intención del presente proyecto no es obtener una simple declaración de voluntad para que este proyecto caiga en los oídos sordos de los legisladores provinciales que deben derogar esta ley, sino por el contrario encontrar un nuevo camino a desandar desde todos los actores políticos y sociales de Santa Fe, a fin de que dentro de dos años podamos tener la representación que nos arrebató esta norma provincial.
PROYECTO DE DECLARACION
Santa Fe de la Vera Cruz, 15 de diciembre de 2003 |