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EL
CONCEJO DIO APROBACION A UNA INICIATIVA para habilitar un Registro de
Comercios no empadronados y que se encuentren ubicados en la zona afectada
por las inundaciones.
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La iniciativa que fuera presentada por los concejales Simoniello y Henn y acompañada por otros concejales, pretende un "perdón" en las obligaciones formales que hace a la inscripción y habilitación de comercios en la ciudad. Esta sanción permitirá a aquellos comerciantes que no cumplieron en tiempo y forma con las obligaciones de la Ordenanza Impositiva, hoy puedan hacerlo eximiendosé del pago de las sanciones que pudieron corresponderle y abriéndosele la posibilidad de ingresar al sistema de subsidios previsto por la Provincia. PROYECTO DE ORDENANZA Art. 1º: Establécese la habilitación en la órbita de la Secretaría de Hacienda y Recursos Humanos de un Registro para la inscripción de Comercios que se hallaren ubicados en la zona afectada por el fenómeno hídrico ocurrido en la ciudad de Santa Fe (Z.A.I. según Decreto DMM 00201). Art. 2º: Para su incorporación al Registro, el Comercio deberá acreditar su existencia previa al 15 de abril de 2003. Art. 3º: Suspéndase la aplicación de lo dispuesto en el art. 12 de la Ordenanza Impositiva (t.o.2001) relacionado a las multas por infracción a los deberes formales, para las áreas afectadas por el fenómeno hídrico ocurrido en la ciudad de Santa Fe (Z.A.I. según Decreto DMM 00201). Art. 4º: La suspensión dispuesta en el art. anterior será por 60 días, término dentro del cual los beneficiarios de la misma deberán presentarse ante las reparticiones municipales competentes a fin de regularizar su situación. En tal caso, el área competente otorgará la certificación correspondiente. Art. 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentaré y dará debida difusión a los alcances de la presente a los fines de permitir la adhesión de los afectados a los términos de la misma. Art 6º : De forma. SANTA FE, mayo de 2003. FUNDAMENTOS Sres. Concejales, Sras. Concejales. El presente proyecto tiene por finalidad contemplar la situación de aquellos comerciantes afectados por el evento hídrico que no tengan inscriptos y habilitados de manera regular sus comercios y que por tal situación se ven imposibilitados de acceder a los subsidios que otorga la Secretaría de Comercio Interior de la Provincia de Santa Fe. En tal sentido se intenta que quienes se encuentren en infracción respecto a su debida inscripción puedan regularizar su situación, condonándoles las deudas que pudieron o puedan originarse por aplicación de las disposiciones contenidas en el art. 12 de la Ordenanza Impositiva vigente -t.o.2001-, con lo que se les abrirá la posibilidad de gestionar y obtener la ayuda antes mencionada. Con ya lo hemos dichos en proyectos anteriores, la magnitud y las consecuencias de lo ocurrido nos exime de mayores fundamentaciones, por lo que solicitamos el apoyo de nuestros pares. |